Nota de Prensa – 23 de julio 2025
Climate Action Network América Latina (CANLA) celebra la histórica Opinión Consultiva emitida hoy por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que clarifica y fortalece las obligaciones jurídicas de los Estados frente a la crisis climática. Esta es la primera vez que la CIJ aborda de manera directa la crisis climática, definiendo qué exige el derecho internacional para que los Estados y empresas enfrenten los daños generados por el cambio climático.
La Corte ha confirmado que la protección de las personas y del planeta es una obligación legal y moral ineludible. Los Estados deben actuar con la máxima ambición y de acuerdo con “la mejor ciencia disponible” reflejada en los reportes del IPCC, para prevenir daños graves e irreversibles al sistema climático y garantizar el pleno goce de los derechos humanos, tanto de las generaciones presentes como futuras.
La CIJ reconoce que la crisis climática representa una amenaza existencial para millones de personas y que los Estados tienen obligaciones claras de proteger tanto a las generaciones presentes como futuras. Además, la Corte deja claro que la inacción climática puede constituir una violación al derecho internacional, y establece las consecuencias legales que enfrentan los Estados que no cumplan con estas obligaciones.
Puntos clave de la Opinión Consultiva:
- Subsidios a combustibles fósiles: La CIJ determina que la concesión de subsidios a los combustibles fósiles, así como el otorgamiento de licencias de exploración o el consumo excesivo de estos recursos, puede constituir un acto internacionalmente ilícito atribuible al Estado, generando responsabilidad internacional.
- Adaptación y mitigación: Las obligaciones de adaptación complementan las de mitigación. Los Estados deben adoptar medidas en ambos frentes, según el estándar más exigente de diligencia debida, en línea con la mejor ciencia disponible.
- NDCs obligación de resultado: Las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDCs) son obligaciones de resultado, no solo de medios. Los Estados deben asegurar que sus NDCs sean progresivas, reflejen la máxima ambición y contribuyan efectivamente a limitar el calentamiento a 1.5°C.
- Ambición climática bajo supervisión: Los Estados no tienen discrecionalidad absoluta para definir la ambición de sus NDCs; deben cumplir los parámetros del Acuerdo de París (progresión, máxima ambición, equidad) y rendir cuentas por sus compromisos.
- Derecho aplicable integral: El marco jurídico relevante incluye no solo el Acuerdo de París, el Protocolo de Kioto y la CMNUCC, sino también tratados de derechos humanos, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención de Desertificación, y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), entre otros.
- Obligación de cooperar: La CIJ subraya la obligación de los Estados de cooperar activamente, con base en la buena fe y la diligencia debida, para cumplir los objetivos climáticos globales.
La Opinión Consultiva de la CIJ servirá como un marco jurídico sólido para impulsar litigios climáticos, reforzar los compromisos nacionales e internacionales y abrir el camino hacia una transición energética justa. También proporciona respaldo legal para que los países y comunidades más vulnerables puedan exigir acciones concretas, financiamiento, reparación por pérdidas y daños, y mayor cooperación internacional.
CANLA saluda este avance y llama a todos los países de la región y del mundo a traducir las consideraciones de la CIJ en políticas públicas ambiciosas y compromisos vinculantes. Esta Opinión Consultiva debe convertirse en un catalizador para una acción climática centrada en la justicia, la equidad y los derechos humanos.
Citas:
“Para las juventudes y comunidades vulnerables, la decisión de la CIJ nos da herramientas para exigir un futuro habitable. Los grandes emisores ya no tienen excusa para postergar la acción climática.” Mariana Campos Vega, Coordinadora para América Latina de World’s Youth for Climate Justice, México
“Desde CEUS Chile, reconocemos este momento como un paso crucial para fortalecer el derecho internacional ambiental y avanzar hacia una transición justa con enfoque en justicia climática.
Como organización de la sociedad civil que trabaja desde el sur global, sostenemos que la acción climática no puede desvincularse de la garantía de derechos. La Opinión Consultiva representa una oportunidad para que los Estados asuman con mayor claridad sus obligaciones de prevenir daños ambientales, asumir las responsabilidades históricas ante las omisiones y acciones que han ido en desmedro del medio ambiente y los derechos humanos, proteger a las comunidades más vulnerables y asegurar condiciones de vida dignas ante la crisis climática. Reafirmamos la necesidad de avanzar hacia la reducción de emisiones, en un proceso de transición socioecológica que no deje a nadie atrás, que se construya desde la participación activa de las juventudes, mujeres, pueblos indígenas y comunidades locales. Y hacemos un llamado a los Estados a asumir esta Opinión como un mandato ético y jurídico para actuar con mayor ambición, coherencia y responsabilidad.” Mariana Cruz, Directora Ejecutiva, ONG CEUS Chile, Chile
“Confiamos en que la Corte deje un mensaje claro y contundente: los Estados tienen la obligación jurídica y moral de proteger a las personas —no a los intereses— ante el colapso climático.
Esta opinión consultiva marca un punto de no retorno en la historia del derecho internacional: la crisis climática no puede seguir tratándose como una cuestión aislada, sino como una violación sistémica de los derechos humanos más fundamentales, especialmente de quienes más sufren sus efectos —infancias, adolescencias, juventudes, mujeres, personas mayores, personas con discapacidad, diversidades sexuales, comunidades afrodescendientes, indígenas y otras comunidades locales.
Los países históricamente responsables de esta crisis deben rendir cuentas por las violaciones de derechos humanos que han causado y perpetuado.” Laura Restrepo Alameda, Oficial de incidencia, Climate Action Network Latin America (CANLA), Colombia
“Las obligaciones legales son la base mínima para la acción climática. La Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia reafirma la responsabilidad de los Estados de reparar el daño. Proteger el ambiente es la base para la vida. La OC de la CIJ implica un deber de reformar y restaurar la gobernanza climática. COP30 ahora debe abrir el camino hacia la justicia y las reparaciones climáticas.” Adrián Martínez, Director La Ruta del Clima, Costa Rica
“Celebramos esta histórica Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia, que reafirma la protección del ambiente sano como esencial para la vida de las generaciones presentes y futuras, además de las obligaciones de los Estados para garantizar este derecho humano universal frente a la crisis climática. Esta decisión fortalece la base jurídica construida por dictámenes previos, así como el movimiento mundial que exige de los gobiernos políticas públicas ambiciosas y efectivas basadas en exigencias legales. Sin duda es un respaldo robusto para que comunidades y sociedad civil sigamos defendiendo el ambiente sano como vía para lograr el disfrute pleno de todos los derechos humanos.” Gladys Martínez, directora ejecutiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).
Contacto de prensa:
Karina Saravia, Coordinadora de Comunicación-CANLA ksaravia@canla.org